Twose Espinos Montserrat
¿Qué es el riesgo de Síndrome de Down?
El riesgo de Síndrome de Down es una prueba que valora el riesgo de padecer Síndrome de Down. No obstante, no se trata de una prueba diagnóstica, por lo que simplemente ofrece un cálculo de riesgo teórico.
Para poder realizar este cálculo es necesario combinar tres elementos:
- Los datos clínicos de cada paciente, dónde consta la edad de la madre junto con otros factores como por ejemplo el peso, el hábito tabáquico, estar afecto de diabetes, ser portador de gestación múltiple, los antecedentes de Síndrome de Down previo, etc.
- Los datos obtenidos mediante una ecografía de alta resolución. La ecografía de alta resolución identifica "marcadores", signos ecográficos sospechosos que aumentan el riesgo de Síndrome de Down u otros problemas cromosómicos o malformativos, pero que no se consideran anormales. Uno de los datos más importantes y efectivo es la medición de la translucencia nucal (el grosor de la nuca del feto). Aun así, hay otros marcadores, actualmente en investigación, cuyo valor está todavía por determinar (ductus venoso, presencia de hueso nasal, etc.).
- Un análisis de sangre materno, que determina diferentes proteínas placentarias y fetales cuyas cantidades también se relacionan con el riesgo de Síndrome de Down. El tipo de análisis solicitado dependerá de la edad gestacional.
- ¿Cuándo debe realizarse la prueba para diagnosticar el riesgo de Síndrome de Down?
La prueba que diagnostica el riesgo de Síndrome de Down se realiza, en la mayoría de centros, alrededor de la semana 16 de gestación. Sin embargo, estudios recientes demuestran que la efectividad es superior si el estudio se realiza de forma más temprana, idealmente en las 11-12 semanas de gestación.
En nuestro centro disponemos de un programa de cálculo de riesgo (EBA-SCREEN) que valora diferentes variables, entre ellas la edad materna, el valor de la translucencia nucal (medido en la ecografía) y los análisis de sangre maternos, permitiendo obtener un cálculo de riesgo combinado y precoz.
- ¿Cuándo y cómo se interpretan los resultados de esta prueba?
Una vez combinados los diferentes elementos necesarios para poder evaluar el riesgo de Síndrome de Down se proporciona un informe sobre el riesgo teórico a la paciente, expresando este riesgo en un porcentaje teórico.
Ante un riesgo elevado, se recomienda una técnica invasiva de diagnóstico prenatal (amniocentesis o biopsia corial).
- ¿Qué ventajas ofrece esta prueba?
La principal ventaja de esta prueba es la precocidad de los resultados, dado que a los tres meses de embarazo se puede conocer el riesgo teórico de Síndrome de Down, de manera que en función del mismo puede optarse por realizar un técnica de diagnóstico prenatal muy temprana como es la biopsia corial.
Por otra parte, recientes estudios demuestran que los programas de cálculo de riesgo son más efectivos cuanto más temprano se realicen. Además, este estudio temprano permite sospechar otros problemas cromosómicos (trisomía 18) y otras anomalías del desarrollo (fundamentalmente cardiopatías).
- ¿Tiene algún riesgo para el feto?
Esta prueba no es una técnica invasiva, de modo que no hay riesgo de aborto.
Pero por otra parte, se trata de una cálculo de riesgo teórico, de modo que NO constituye un diagnóstico.
- ¿A quién está dirigida esta prueba?
Esta prueba está indicada a todas las gestantes que no tengan factores de riesgo elevado de Síndrome de Down.
También puede solicitarse en pacientes de alto riesgo de Síndrome de Down que rehúsan realizar una técnica invasiva de diagnóstico prenatal, siempre y cuando se entiendan y acepten las limitaciones de la prueba.
- ¿Requiere alguna preparación?
El riesgo de Síndrome de Down no requiere ninguna preparación y no es necesario acudir en ayunas.
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